Elaboracion y Aprobacion del IPERC base

Elaboracion Implementacion y Aprobacion del IPERC base Ley N° 29783 y el Decreto Supremo N° 005-2012-TR

IPERC BASE

Elaboración y Aprobación del IPERC Base por Puesto de Trabajo

El IPERC —Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles— es el pilar metodológico sobre el que se edifica todo el sistema de gestión preventiva. No es un requisito documental para satisfacer una inspección: es el diagnóstico que permite conocer los riesgos de cada puesto y controlarlos antes de que causen daño.

La Ley N° 29783 exige su elaboración con participación de los trabajadores y actualización al menos una vez al año. La SUNAFIL fiscaliza su existencia, exhibición y aprobación, pudiendo imponer multas de hasta 45 UIT.

¿Qué es el IPERC Base por Puesto de Trabajo?

Es la matriz que registra, para cada posición laboral, los peligros presentes, el nivel de riesgo asociado (probabilidad por severidad) y los controles necesarios para reducirlo. A diferencia del IPERC continuo —que se aplica antes de cada tarea específica—, el IPERC base es el estudio exhaustivo que abarca todos los peligros de la organización.

Metodología de Elaboración

Identificación de Peligros

Consiste en recorrer cada puesto de trabajo y registrar todas las fuentes de daño: físicos (ruido, vibración, temperatura), químicos (polvos, gases, vapores), biológicos, ergonómicos (posturas, movimientos repetitivos), psicosociales (estrés, acoso), mecánicos y locativos.

La participación directa de los trabajadores es obligatoria. Ellos conocen las desviaciones habituales y los incidentes que nunca se registran. El artículo 82 del Reglamento exige esta participación documentada mediante actas.

Evaluación del Riesgo

El riesgo se calcula como probabilidad × severidad. La R.M. N° 050-2013-TR propone una matriz de 6×6 donde ambos factores se clasifican en seis niveles, resultando en niveles de riesgo: intolerable, importante, moderado, tolerable o trivial.

"El IPERC no es un ejercicio de gabinete: requiere observación directa del puesto y consulta a quien lo ocupa. Sin trabajadores participando, la matriz es solo papel."

Determinación de Controles: La Jerarquía

Los controles deben seguir una jerarquía obligatoria, agotando cada nivel antes de pasar al siguiente:

  • Eliminación: Retirar el peligro por completo.
  • Sustitución: Reemplazar lo peligroso por algo menos riesgoso.
  • Controles de ingeniería: Guardas, ventilación, barreras físicas.
  • Controles administrativos: PETS, rotación, capacitación, señalización.
  • EPP: Última barrera: cascos, guantes, gafas, protección auditiva.

Procedimiento de Elaboración y Aprobación

  • Planificación: Designar un equipo multidisciplinario con jefes de área, supervisores y trabajadores.
  • Trabajo de campo: Recorrer cada puesto, observar tareas y entrevistar a los trabajadores.
  • Registro en la matriz: Peligro, tipo, riesgo, probabilidad, severidad, nivel de riesgo inicial, controles existentes, nivel residual, controles adicionales, responsable y plazo.
  • Aprobación por el CSST: El comité verifica integridad y participación efectiva. La aprobación consta en acta.

Actualización del IPERC

El IPERC debe actualizarse en los siguientes casos:

  • Anualmente como mínimo, conforme al artículo 57 de la Ley N° 29783.
  • Cuando se introduzcan cambios en procesos, equipos o instalaciones.
  • Cuando se produzcan daños a la salud o accidentes.
  • Cuando cambie el marco normativo aplicable.
  • Cuando los indicadores de siniestralidad muestren tendencia desfavorable.

Cada modificación sigue el mismo proceso de aprobación: participación de trabajadores, revisión técnica y aprobación por el CSST, con control de cambios documentado.

Capacitación Obligatoria en IPERC

La matriz no sirve si los trabajadores no saben interpretarla. El empleador debe capacitar en IPERC al inicio de la relación laboral, ante cambios de puesto y periódicamente. En minería, el D.S. N° 024-2016-EM exige capacitadores acreditados ante el MINEM.

Dato Clave: La Ley N° 29783 exige que el IPER esté exhibido en un lugar visible del centro de trabajo. No basta con archivarlo: los trabajadores deben poder consultarlo.

Fiscalización de SUNAFIL

Los inspectores verifican: existencia de la matriz específica por puesto, exhibición visible, participación documentada de los trabajadores, actualización anual, capacitación en IPERC y aprobación por el CSST con acta.

El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 45 UIT y, en caso de accidentes graves, en responsabilidad penal conforme al Artículo 168-A del Código Penal.

Para Recordar

El IPERC es la herramienta que transforma el conocimiento de los riesgos en acciones concretas de control. Su elaboración rigurosa, con participación real de los trabajadores y aprobación del CSST, es la mejor defensa frente a los accidentes y las sanciones.

Porque la seguridad no se construye con documentos archivados: se construye con trabajadores que conocen sus riesgos y cuentan con los controles para protegerse.