Promocion de la Salud en los Lugares de Trabajo

Promocion de la salud en los lugares de trabajo | Ley N.° 29783 | Resolución Ministerial N.° 546-2026-MINSA

Salud en el Trabajo

Promoción de la Salud en los Lugares de Trabajo: Nueva Normativa del MINSA

El Ministerio de Salud aprobó el Documento Técnico: "Promoción de la Salud en los Lugares de Trabajo" mediante la Resolución Ministerial N° 546-2026/MINSA, publicada el 3 de junio de 2026. Su finalidad es contribuir a mejorar los hábitos, conductas y estilos de vida saludables de los trabajadores, desarrollando ocho áreas específicas de actuación.

El ámbito de aplicación es referencial para todas las personas naturales y jurídicas del sector público y privado. Sin embargo, desarrolla obligaciones ya existentes en la Ley N° 29783, por lo que su observancia se convierte en una referencia técnica clave para acreditar el cumplimiento de los programas de promoción de la salud en el trabajo.

Promocion de la salud en el trabajo | Ley N.° 29783 | Resolución Ministerial N.° 546-2026-MINSA

Implementación por Fases

El empleador, a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe desarrollar cuatro fases:

  • Preparación: Designar un área responsable e informar a los trabajadores.
  • Planeamiento: Evaluar necesidades mediante cuestionario anual, revisión de datos de salud y grupos focales.
  • Implementación: Ejecutar el programa anual con participación del Comité o Supervisor de SST.
  • Evaluación y mejora continua: Medir satisfacción e impacto, ajustar actividades y comunicar resultados.

Las Ocho Líneas de Intervención

1. Alimentación Saludable

Incorporar alimentos saludables en actividades laborales, capacitar sobre nutrición y seguridad alimentaria, adecuar espacios para guardar y calentar alimentos, y ofertar menús saludables en comedores.

2. Higiene y Ambiente

Capacitar sobre higiene de manos, orden y limpieza, y prácticas de protección ambiental. Acondicionar agua potable, servicios higiénicos, temperatura, iluminación y ventilación adecuadas.

3. Actividad Física

Incentivar el uso de escaleras y bicicleta, desarrollar ejercicios en el lugar de trabajo (tai chi, yoga, baile) y establecer pausas activas según la carga laboral.

4. Higiene del Sueño

Adecuar áreas de relajación, capacitar sobre rutinas de sueño saludable y manejo del trabajo nocturno, y gestionar adecuadamente los descansos médicos y vacaciones.

5. Salud Sexual y Reproductiva

Capacitar sobre derechos sexuales y reproductivos, prevención del acoso sexual, maternidad y paternidad saludable. Implementar lactario con flexibilidad horaria y prohibir exámenes discriminatorios.

6. Salud Mental y Buen Trato

Capacitar sobre bienestar personal, respeto y convivencia solidaria. Establecer procedimientos de prevención del acoso laboral y sexual, y conciliar responsabilidades familiares y laborales.

7. Habilidades para la Vida

Capacitar sobre afrontamiento, autoestima, solución de conflictos, relaciones interpersonales y decisiones voluntarias. Enseñar estrategias de relajación y ejercicio mental.

8. Seguridad Vial y Cultura de Tránsito

Capacitar sobre seguridad vial, educación vial, uso racional del vehículo motor y deberes del conductor y peatón.

Dato Clave: Aunque el Documento Técnico es de carácter referencial, SUNAFIL podrá utilizarlo como criterio técnico de referencia para evaluar si el empleador ha implementado realmente el programa de promoción de la salud exigido por la Ley N° 29783.

Consideraciones Transversales

  • Adaptación a la realidad laboral: Considerar carga de trabajo, modalidad (presencial o teletrabajo), diversidad geográfica y trabajadores sensibles (personas con discapacidad, adultos mayores, gestantes).
  • Integración con otros procesos: Vincular acciones con Recursos Humanos, SST, Salud Ocupacional y Responsabilidad Social.
  • Participación activa: A través del Comité o Supervisor de SST, fomentar la participación de los trabajadores.
  • Alianzas estratégicas: Convenios con IPRESS, aseguradoras del SCTR y universidades.
  • Trabajadores por cuenta propia: Implementar sus propias actividades o gestionar apoyo con municipalidades.

Responsabilidades del Empleador

  • Elaborar políticas, normas y procedimientos internos sobre promoción de la salud.
  • Informar, sensibilizar y capacitar a los trabajadores.
  • Promover la adecuación o creación de espacios físicos (comedores, gimnasios, áreas verdes).
  • Realizar convenios con instituciones de salud, aseguradoras y universidades.
  • Garantizar la evaluación anual de necesidades mediante el Cuestionario de Evaluación de la Promoción de la Salud.
  • Establecer objetivos, programa y cronograma con responsables, presupuesto e indicadores.
  • Realizar seguimiento, monitoreo y auditorías internas para verificar el cumplimiento.
  • Analizar el impacto mediante satisfacción de los trabajadores e indicadores de salud.

Responsabilidades Institucionales

  • Nivel nacional: La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP) del MINSA es responsable de la difusión, asistencia técnica y supervisión.
  • Nivel regional: Las DIRIS, DIRESA y GERESAS deben difundir, supervisar y monitorear su cumplimiento.

Para Terminar

Esta norma representa un avance significativo al integrar la promoción de la salud dentro de la gestión de seguridad y salud en el trabajo, mejorando la calidad de vida de los trabajadores y la sostenibilidad de las organizaciones. Porque un trabajador sano es la base de una organización productiva y segura.