La Salud Mental en la Seguridad Ocupacional
La salud mental dejó de ser una preocupación exclusiva del ámbito clínico para convertirse en un componente esencial de la seguridad y salud en el trabajo. Las cifras de estrés laboral, ansiedad, depresión y burnout han alcanzado niveles que obligan a los empleadores a actuar con la misma rigurosidad que ante cualquier otro riesgo ocupacional.
En el Perú, la Ley N° 30947, Ley de Salud Mental, la Ley N° 29783 y la reciente Ley N° 32575 configuran un marco normativo que obliga a identificar, evaluar y controlar los riesgos psicosociales. La SUNAFIL fiscaliza su cumplimiento y puede imponer sanciones de hasta 45 UIT.
Riesgos Psicosociales en el Trabajo
Los riesgos psicosociales son factores del entorno laboral que afectan la salud mental, emocional y social de los trabajadores. Los principales incluyen:
- Estrés laboral: Por exceso de carga o falta de control sobre las tareas.
- Violencia y acoso laboral: Incluido el hostigamiento sexual, regulado por la Ley N° 27942.
- Falta de apoyo social: Deficiencias en el liderazgo y aislamiento.
- Turnos excesivos: Rotativos prolongados y falta de desconexión digital.
- Ambientes inseguros psicológicamente: Presión por metas y temporalidad laboral.
"Cuando los riesgos psicosociales no se gestionan, las consecuencias son claras: ausentismo, baja productividad, conflictos internos, alta rotación y enfermedades profesionales asociadas a la salud mental."
Evaluación de los Riesgos Psicosociales
La evaluación debe realizarse con instrumentos técnicos validados y con asesoría especializada, conforme al Artículo 33 del D.S. N° 005-2012-TR. Las herramientas más utilizadas incluyen:
- Cuestionario ISTAS-21: Adaptación del método COPSOQ, mide carga de trabajo, autonomía y apoyo social.
- Cuestionario del MTPE: Evalúa dimensiones como doble presencia y calidad del liderazgo.
Los resultados deben plasmarse en la Matriz IPERC, donde cada riesgo psicosocial identificado debe estar asociado a un nivel de riesgo y a las correspondientes medidas de control.
Medidas de Prevención y Promoción
Programas de Promoción de la Salud Mental
- Atención psicológica y consejería: Disponible para los trabajadores que lo requieran.
- Primeros auxilios psicológicos: Capacitación para brigadistas y supervisores.
- Campañas de sensibilización: Para reducir el estigma asociado a los trastornos mentales.
Prevención de Trastornos Mentales
- Eliminación en la fuente: Reorganización del trabajo para eliminar sobrecarga y ambigüedad de rol.
- Controles administrativos: Políticas de desconexión digital, pausas obligatorias y flexibilización de horarios.
- Capacitación en manejo del estrés: Técnicas de gestión emocional y resiliencia.
Actuación ante Eventos Traumáticos
Los eventos traumáticos —accidentes graves, asaltos, violencia laboral— pueden generar estrés postraumático, ansiedad o depresión. La actuación de la empresa ante estos eventos constituye una obligación legal.
La Resolución de Sala Plena N° 007-2025-SUNAFIL/TFL estableció un precedente vinculante: el deber de vigilancia de la salud del trabajador no se agota en el cumplimiento formal de registros de exámenes médicos, sino que implica una obligación sustantiva de carácter permanente, que incluye las dimensiones física y mental.
Dato Clave: La omisión de evaluaciones médicas que consideren la salud mental, particularmente en procesos de reincorporación tras eventos traumáticos, constituye un incumplimiento del deber legal del empleador y configura una infracción directa a la normativa de SST.
Protocolos de Reincorporación Laboral
- Evaluación médica especializada previa: Por psiquiatra o psicólogo antes del retorno al trabajo.
- Coordinación con salud ocupacional: Para la implementación de medidas de adaptación del puesto.
- Ajuste temporal de tareas: Garantizando que sean compatibles con la condición del trabajador.
- Seguimiento clínico-laboral: Monitoreo continuo de la evolución del trabajador.
Aplicación en los Sectores Productivos
Minería
Condiciones extremas: trabajo en altitud, turnos rotativos prolongados, aislamiento en campamentos y exposición a riesgos críticos. El D.S. N° 024-2016-EM exige evaluación de factores psicosociales y capacitación en prevención.
Construcción
Alta rotación, temporalidad de obras, presión por plazos y coexistencia de subcontratistas. El D.S. N° 011-2019-TR exige que el plan de seguridad contemple riesgos psicosociales.
Transporte
Fatiga del conductor, aislamiento en rutas y presión por tiempos de entrega. Los protocolos ante eventos traumáticos —accidentes, asaltos— deben estar documentados.
Comercio y Banca
Atención al público, metas comerciales y riesgo de violencia ocupacional (asaltos). La Ley N° 27942 exige prevención del hostigamiento sexual como riesgo psicosocial grave.
Para Terminar
La salud mental en la seguridad ocupacional es un derecho humano fundamental y una obligación legal ineludible. La Ley N° 29783 impuso la obligación de controlar los riesgos psicosociales; la Ley N° 30947 estableció el marco de protección de la salud mental; la Ley N° 32575 facilitó el acceso al diagnóstico; y el precedente de SUNAFIL consolidó el deber de proteger la salud mental con la misma diligencia que la física.
Porque un trabajador con salud mental protegida no solo es más productivo: es más feliz, más seguro y más humano.